Mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2023-0002, el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, puso en vigencia las Normas de control para la administración del riesgo de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos, aplicadas a los sujetos obligados del sector societario
Estas normas tienen por objeto regular las políticas, procedimientos y los mecanismos para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otros delitos, que deberán observar las empresas que se dediquen entre otras, a la comercialización de vehículos y de bienes inmuebles
En el caso de la actividad de COMERCIALIZACIÓN DE VEHÍCULOS, incluidas las empresas que dentro de sus servicios ofrecen planes de compras programadas, ofertas y/o sorteos, deberán operar con los permisos que otorguen las instituciones del estado y tienen que implementar el Sistema de Prevención y Administración de riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del terrorismo y otros delitos (SPARLAFTD), que tiene un enfoque basado en riesgos sobre esta materia
Las compañías de planes de compras programadas, ofertas y/o sorteos, deberán remitir dentro de los 30 primeros días de cada año, a la Dirección Nacional de Prevención de Lavado de Activos de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros la siguiente información:
Detalle de los todos los contratos vigentes con indicación de la fecha de suscripción, nombres completos del cliente, nacionalidad, país de residencia (en caso de ser extranjero deberá también señalar el nombre del apoderado) y número de cédula o RUC, valor total del bien, valor a cobrar por gasto administrativo, numero de cuotas, valor de la cuota mensual, monto de inscripción, valor ofertado por el cliente al momento de la adjudicación del bien (deberá señalar el monto y el # de cuotas pagadas anticipadamente) y forma de pago.
Información del número de grupos de clientes, tipo de bien a adjudicar y número de sus integrantes.
Listado con nombres completos e identificación y correo electrónico de los clientes que se les ha adjudicado el bien sea por oferta y/o sorteo y el valor del mismo.
Detalle de desistimiento: nombres completos, número de cédula o RUC, detalle de los descuentos aplicados y porcentajes del descuento, y fecha de pago del reembolso al cliente y el valor.