PILARES Y COMPROMISOS DE LOS MIEMBROS DE LA AECOP
INTEGRIDAD EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL
- Los Miembros de AECOP deberán mantener en sus organizaciones una política de cero tolerancia frente a cualquier forma o tipo de corrupción en el desempeño de su actividad empresarial, tanto en el sector público como en el privado. Los actos de corrupción o soborno en el ámbito público o privado, expresamente prohibidos, incluyen el ofrecimiento o promesa, directa o indirecta, de cualquier tipo de ventaja impropia, cualquier instrumento para su encubrimiento, el tráfico de influencias, entendidos éstos como las entregas de dinero u otras cosas de valor a un funcionario o autoridad pública a cambio de asegurar o agilizar el curso de un trámite o actuación administrativa debida.
- Los profesionales de las empresas miembros de AECOP están obligados a declinar cualquier ofrecimiento o entrega de un obsequio, regalo, invitación o muestra de hospitalidad de cualquier naturaleza proveniente, directa o indirecta.
CONFIDENCIALIDAD Y VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
- Es responsabilidad de cada miembro de AECOP y de todos sus empleados y colaboradores adoptar las medidas de seguridad adecuadas y suficientes para evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado de la información reservada y confidencial propiedad del grupo.
- La información de toda clase (comercial, empresarial, promocional, económica, jurídica, contractual, técnica, etc.) facilitada por los miembros de AECOP habrá de ser siempre veraz, clara, transparente, completa y no proyectada con la intención de inducir a engaño o confusión.
COMPETENCIA LEAL, SALUDABLE Y JUSTA
- Los Miembros de AECOP deberán intervenir en los mercados de manera leal, saludable y justa, evitando cualquier práctica contraria a las reglas de defensa de la competencia que les resulten de aplicación.
- Los Miembros de AECOP no pueden, bajo ninguna circunstancia, apoderarse, descubrir, difundir, divulgar, revelar, ceder o utilizar cualquier información no pública que pudiera ser considerada secreto de empresa de un tercero (sea competencia o no).
SOSTENIBILIDAD MEDIOAMBIENTAL
- Los Miembros de AECOP están obligados a cumplir estrictamente la normativa medioambiental que les resulte de aplicación y se comprometen a mantener un enfoque preventivo en esta materia, así como a desarrollar unas prácticas empresariales socialmente responsables que favorezcan la conservación del medio ambiente y la minimización del impacto negativo que sus actividades pudieran tener sobre él.
- Los Miembros de AECOP se comprometen a cumplir los estándares medioambientales y de sostenibilidad establecidos en la Ley.
CONTRATACION LABORALES Y PROVEEDORES
- Los Miembros de AECOP no permitirán en su organización ninguna forma de trabajo forzoso u obligatorio, entendido éste como el que se exige a una persona en situación de servidumbre o bajo amenaza, coacción, extorsión o violencia física o psicológica.
- Los Miembros de AECOP no pueden, bajo ninguna circunstancia, emplear mano de obra infantil, entendida ésta como la que no alcanza la edad mínima de acceso al empleo según determine la legislación nacional de aplicación y, de acuerdo con las normas internacionalmente aceptadas.
- Los Miembros de AECOP no podrán imponer a sus empleados y colaboradores condiciones laborales o de seguridad social contrarias a las disposiciones legales. Todos los asesores comerciales o vendedores de las empresas deberán formar parte de su nómina y estar debidamente afiliados a la seguridad social.
- Los Miembros de AECOP promoverán la igualdad de oportunidades laborales entre hombres y mujeres y rechazarán cualquier forma de discriminación. Se entiende por discriminación como cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, pertenencia a una etnia, raza o nación, origen nacional, sexo, orientación o identidad sexual, género, enfermedad o discapacidad.
- Los Miembros de AECOP garantizarán a sus empleados y colaboradores un entorno laboral seguro, cumpliendo siempre con los requerimientos de seguridad, salud e higiene laborales previstos en la legislación sobre prevención de riesgos laborales aplicable, de acuerdo con las normas internacionalmente aceptadas.
- Los Miembros de AECOP no contratarán con Proveedores que hayan sido condenados mediante sentencia firme por la comisión de delitos de terrorismo, constitución o integración de una organización o grupo criminal, asociación ilícita, trata de seres humanos, tráfico ilegal de órganos humanos, relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores, apropiación indebida, estafa, publicidad engañosa, falsedad documental o contable, corrupción pública o privada, blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, tráfico ilegal de mano de obra, emigración fraudulenta, contra la salud pública, de promoción o incitación al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra las personas, o a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio.
PRINCIPIOS DE VENTA AECOP
- Los colaboradores de las empresas miembros de AECOP, deben vender siempre con la verdad como principio básico y elemental.
- Los colaboradores de las empresas miembros de AECOP, están prohibidos de ocultar u omitir información para obtener beneficio personal, proporcionar datos falsos, inexactos y/o distorsionados.
- Los colaboradores de las empresas miembros de AECOP, deben brindar una atención confiable, amable y eficiente a todos los clientes, de tal forma que el cliente siempre obtenga información completa, clara, y precisa sobre los productos.
- Los colaboradores de las empresas miembros de AECOP, deben tener pleno conocimiento de productos y servicios, para ofrecer al cliente los productos y servicios que más se adecúen a sus intereses.
- Los colaboradores de las empresas miembros de AECOP, no deben ofrecer productos y servicios con el único fin de generar ingresos y sin que estos sean de verdadero interés para el cliente.
- Los colaboradores de las empresas miembros de AECOP, deben promover la compra programada como una actividad noble, conveniente y transparente para el cliente.
- Los colaboradores de las empresas miembros de AECOP, deben ofertar a los clientes con claridad, veracidad y exactitud, las condiciones económicas y de entrega de los bienes que respondan al concepto de compra programada y a la oferta comercial contenida en las condiciones y requisitos establecidos en el contrato de gestión de compra, de cada compañía con el cliente.
Los mecanismos de adjudicación reconocidos son:
a.- el sorteo;
b.- la entrega programada; y
c.- el anticipo de cuotas denominado remate, oferta o licitación.
Toda figura que no se encuentre entre los mecanismos previamente detallados, no serán reconocidos como parte del sistema de compra programada.
- Todos los colaboradores de las empresas miembros de AECOP basarán su comportamiento en principios de comportamiento ético y leal para con los clientes y las empresas y se abstendrán de afectar la imagen de la competencia.
- Se prohíbe realizar publicidad que se aleje de la verdad y que haga daño a la actividad de compra programada en su conjunto.
- Se espera por parte de todos los funcionarios de las empresas integrantes de AECOP, la colaboración en los proyectos y acatamiento de las disposiciones emitidas, por tanto, se prohíbe cualquier actividad que obstruya la realización de los mismos.